• Los jueces y las juezas están facultadas para tramitar y solucionar los conflictos familiares y de las comunidades a través del diálogo. Sus decisiones tienen fuerza de ley.
• Este 30 de enero, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., los bogotanos irán a la urnas para elegir a 155 Jueces y Juezas de Paz y 22 de Reconsideración.
• La ciudadanía puede consultar su puesto votación en la página web de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia: www.scj.gov.co. En este mismo sitio podrá tener información sobre quiénes son los candidatos y candidatas.
Bogotá D.C., 29 de enero de 2021. Los bogotanos tienen la primera cita del año con la democracia este domingo 30 de enero. Ese día se llevarán a cabo las elecciones, entre las ocho de la mañana y las cuatro de la tarde, para elegir a 155 Jueces y Juezas de Paz y 22 de Reconsideración.
Los ciudadanos pueden consultar los puestos de votación en la página web de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia: www.scj.gov.co
Las juezas y jueces de paz y de reconsideración están facultados (as) para administrar justicia en sus comunidades por medio del diálogo y la construcción de acuerdos, bien sea desde el consenso o a través de fallos en equidad que tienen fuerza de ley.
De esta manera pueden resolver conflictos de convivencia, comunitarios, familiares y de reconocimiento voluntario de hijos extramatrimoniales; arrendamiento de inmuebles; desacuerdos sobre deudas e intereses y demás conflictos propios de la comunidad.
Así mismo, aquellas diferencias que sean susceptibles de transacción y conciliación en materia civil, comercial, laboral, agraria y de familia, siempre y cuando su monto no supere 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes (actualmente, 100 millones de pesos).
El secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, Aníbal Fernández de Soto, invitó a la ciudadanía a votar este domingo 30 de enero para elegir a “personas que son importantes para ayudar a construir acuerdos y, a través de métodos alternativos, resolver los conflictos entre los ciudadanos”.
Fernández de Soto agregó que para conocer cómo votar, por quién votar y quiénes son los candidatos y las candidatas se puede consultar la página www.scj.gov.co
La diferencia entre los jueces de paz y los de reconsideración es que un fallo emitido por los primeros puede ser revisado por los segundos.
Ninguna de las 177 personas que serán elegidas este domingo 30 de enero va a recibir salario o alguna remuneración económica por su trabajo, pues se trata de una labor ad-honorem.