Elegir dos (2) delegados de las Redes de Veedurías Ciudadanas del Distrito Capital para un período de dos (2) años. (Acuerdo 142 de 2005, inciso 2º, artículo 7º.)
De Conformidad con lo normado por el Decreto Distrital No. 278 de 2008, las Redes de Veedurías Distritales que deseen postular candidatos al proceso de elección señalado, deberán acreditar ante el Consejo Distrital de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, los siguientes requisitos (Artículo 4º del Decreto 278 de 2008, e inciso segundo del artículo 67 de la ley 1757 de 2015, modificatorio del artículo 21 de la ley 850 de 2003):
NOTA: En caso de las veedurías constituidas por ciudadanos pertenecientes a etnias indígenas, se debe anexar el acto o documento expedido por la autoridad indígena correspondiente, en el que se ordena la inscripción.
CRONOGRAMA |
Período de Inscripción de Candidatos | Fecha: 11 de diciembre de 2017 a 16 de febrero de 2018. Hora: 08:00 a.m. a 5:00 p.m. Lugar: Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales. Dirección: Carrera 7a No. 21-24 piso 3, Edificio Antiguo, Personería de Bogotá, D.C. |
Período para subsanar requisitos | Fecha: Del 19 al 26 de febrero de 2018. Hora: 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Lugar: Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales. Dirección: Carrera. 7a No. 21-24, piso 2, Edificio Antiguo Personería de Bogotá, D.C. |
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Publicación de candidatos inscritos definitivamente | Fecha: 5 de marzo de 2018. Página web de la Personería de Bogotá, D.C., (www.personeriabogota.gov.co), y en la cartelera del tercer piso de la entidad. Dirección: Carrera. 7a No. 21-24, piso 3, Edificio Antiguo Personería de Bogotá, D.C. |
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Elección y Posesión | Fecha: 22 de marzo de 2018. Hora 8:00 a.m. a 12 m. Lugar: Sala de Juntas del Despacho de la Personera de Bogotá, D.C. Dirección: Carrera 7a No. 21-24, piso 6. |
Procedimiento: La elección se realizará mediante votación secreta de todos los candidatos, en presencia de los miembros del Consejo. Resultarán elegidos los dos (2) candidatos que obtengan la mayor votación. En caso de presentarse empate en la mayor votación, entre tres o más candidatos, se realizará entre ellos un sorteo con balota (artículos 5° y 6° del Decreto 278 de 2008).
Período: los delegados elegidos de conformidad con el procedimiento establecido, tendrán un periodo de dos (2) años contado a partir de su posesión, y podrán ser reelegidos hasta por otro periodo igual, siguiendo el procedimiento del artículo 7° Decreto Distrital 278 de 2008.
Información: Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales. Tel: 3820450 extensiones 5218, 5219 o 5221. Correo: dcoordinacionlocales@personeriabogota.gov.co. |